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Servicios

  • Atención al Público: Se proporciona a toda persona que acuda a consultar y/o solicitar copias sobre algún expediente civil, mercantil y/o familiar, proceso penal o toca civil o penal. Este servicio se otorgará siempre y cuando se tenga personalidad jurídica dentro del expediente que solicita y deberá presentar una identificación vigente.
  • Servicio de copias simples: Se facilitará a todas las personas que  lo soliciten y que comprueben su personalidad jurídica dentro del documento que están consultando, presentando una identificación oficial y además deberán realizar el pago respectivo de la cuota de recuperación establecida para ello.
  • Servicio de copias certificadas: Se proporciona a todas aquellas personas que lo soliciten y que  tengan personalidad jurídica para ello, además deberán:
    • Presentar un escrito de solicitud dirigido al titular del Archivo, el cual deberá contener los siguientes datos:
    • Número de expediente, nombre del actor y del demandado, nombre del juzgado donde está radicado y tipo de juicio.
    •  Nombre y firma de la persona que lo
    • En caso de que el solicitante no pueda acudir a recogerlas, deberá proporcionar (dentro del cuerpo de la solicitud) el nombre completo de la persona a quien se le hará entrega la certificación.
    • Presentar copia fotostática de la credencial para votar, tanto del solicitante como del representante, en su caso.
    • Realizar el pago de derechos correspondiente al número de fojas de la certificación, en la Oficina de Recaudación de Hacienda más cercana, de acuerdo a lo establecido en la fracción I del artículo 127 de la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas vigente, que a la letra dice: “ARTÍCULO 127.- Las copias certificadas, constancias y certificaciones de cualquier naturaleza que expidan las autoridades judiciales o administrativas, se recaudarán conforme a las cuotas siguientes:

        I. La primera foja relativa a asuntos correspondientes:
        a). Al año en curso $ 75.00;
        b). Al año anterior $ 149.00;
        c). A más de dos años anteriores $ 224.00 y
        d). Por cada foja excedente correspondiente a asuntos de cualquier año $ 12.00”.